CONSIDERANDO II: Que, el recurso de casación en la forma acusa: Que el Tribunal de
CONSIDERANDO II: Que, el recurso de casación en la forma acusa: Que el Tribunal de Apelación incurrió en violación del derecho a la defensa, previsto en el Art. 16-II de la Constitución Política del Estado. A efecto de sustentar esta su acusación refiere que en razón a que, en sentencia, se incorporaron aspectos ajenos a la relación procesal, tal el caso de las precisiones del A quo sobre determinados términos contenidos en el DS. 9645 de 31 de marzo de 1971 que requerían la participación de peritos, solicitó en segunda instancia la apertura de plazo probatorio en amparo del Art. 233 del Código de Procedimiento Civil, el mismo que le fue rechazado injustamente violando su derecho a la defensa e infringiendo el numeral I del Art. 90 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, acusa infracción del Art. 236 del Código de Procedimiento Civil, al no haberse pronunciado, el Tribunal de apelación, sobre la nulidad de obrados en razón a que el juez de primera instancia no respetó el núcleo de la relación procesal. Con estos argumentos demanda la nulidad de obrados
- AUTO SUPREMO Nº 034 - Social Sucre, 26 de octubre 2006
- CONSIDERANDO I: Que planteada la demanda a Fs
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- Con estos fundamentos solicita la nulidad de obrados o en su defecto la casación del
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- Sobre el recurso de casación en el fondo
- Analizados los términos del recurso en el fondo y la decisión del tribunal de apelación
- Así entonces, corresponde a este Tribunal verificar si la interpretación legal tanto del juez de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
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- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara
