Tampoco se encuentran fundados los motivos para dar cabida a la nulidad impetrada en el
Tampoco se encuentran fundados los motivos para dar cabida a la nulidad impetrada en el marco de la acusada infracción del Art. 236 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el recurrente pretende la nulidad por la nulidad misma, lo que resulta ajeno al objeto del proceso, esto es: la solución de la controversia sobre el derecho subjetivo controvertido
- AUTO SUPREMO Nº 034 - Social Sucre, 26 de octubre 2006
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- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara
