Auto Supremo AS/0205/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2006

Fecha: 02-Oct-2006

La cita doctrinal, se halla plasmada en nuestra normativa jurídica, cuando el art


Sobre el particular, Messineo, en su obra Derecho Civil y Comercial, sexto tomo, pág. 475, sostiene: "se entiende por acto ilícito (civil), un acto (unilateral), de ordinario, humano que origina daño a otro y que genera, a cargo del agente (autor del daño), una responsabilidad, la cual consiste en la obligación de resarcir dicho daño."

La cita doctrinal, se halla plasmada en nuestra normativa jurídica, cuando el art. 984 del Código Civil, al regular el modo de proceder ante los "hechos ilícitos", sostiene "Quien con un hecho doloso o culposo, ocasiona a alguien un daño injusto, queda obligado al resarcimiento"