Auto Supremo AS/0206/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0206/2006

Fecha: 02-Oct-2006

En cuanto a que los documentos que acreditan la calidad de la aparente Empresa Velasco,


En cuanto a que los documentos que acreditan la calidad de la aparente Empresa Velasco, no hubieren cumplido con el voto exigido por el art. 1311 del Código Civil, es de señalar que dicha observación debía haberse formulado ante el juez a quo, mas de ninguna manera en casación, por expresa prohibición de la norma contenida en el art. 258-3) del Procedimiento Civil, máxime si se tiene en cuenta que en virtud de lo que establece precisamente el precitado art. 1311, las fotocopias simples tienen igual valor cuando no hubieren sido observadas por la parte a quien se oponen