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    Auto Supremo AS/0211/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0211/2006

    Fecha: 02-Oct-2006

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • PARTES : Marcelina Arminda Cardozo Machicado c/ Estela Ralde Taborga y otros
    • CONSIDERANDO: Que el auto de vista de fs
    • Resolución de vista que es impugnada en casación en la forma y en el fondo,
    • Acusan también que la demanda fue planteada por Arminda Cardozo Machicado contra Pedro Antonio Ralde
    • El recurso en el fondo sostiene que el auto de vista se funda en el
    • CONSIDERANDO: Que, el art
    • En función a esta facultad fiscalizadora, y establecidos los principios en los que se basa
    • En ese orden, de la revisión del proceso se evidencia que a fs
    • Ahora bien, si la demanda de nulidad, ha sido dirigida únicamente contra los compradores, de
    • En ese orden, el art
    • Que, el litisconsorcio sea activo o pasivo, importa el interés de dos o más personas
    • Que, la integración a la litis de los demandados se impone a los efectos del
    • Que, a fs
    • Actuar del juez a quo que ha dejado en absoluta indefensión a Pedro Eduardo Ralde
    • Que, por su parte el tribunal de apelación, a tiempo de conocer el recurso de
    • Asimismo, en cuanto a la falta de resolución del recurso en el efecto diferido, de
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • No siendo excusable la omisión incurrida, se impone responsabilidad en multa al Sr
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Dr. Julio Ortiz Linares
    • Proveído : Sucre, 2 de octubre de 2006
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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