Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0211/2006
Fecha: 02-Oct-2006
Patricia Parada Loras
Patricia Parada Loras
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PARTES : Marcelina Arminda Cardozo Machicado c/ Estela Ralde Taborga y otros
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CONSIDERANDO: Que el auto de vista de fs
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Resolución de vista que es impugnada en casación en la forma y en el fondo,
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Acusan también que la demanda fue planteada por Arminda Cardozo Machicado contra Pedro Antonio Ralde
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El recurso en el fondo sostiene que el auto de vista se funda en el
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CONSIDERANDO: Que, el art
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En función a esta facultad fiscalizadora, y establecidos los principios en los que se basa
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En ese orden, de la revisión del proceso se evidencia que a fs
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Ahora bien, si la demanda de nulidad, ha sido dirigida únicamente contra los compradores, de
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En ese orden, el art
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Que, el litisconsorcio sea activo o pasivo, importa el interés de dos o más personas
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Que, la integración a la litis de los demandados se impone a los efectos del
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Que, a fs
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Actuar del juez a quo que ha dejado en absoluta indefensión a Pedro Eduardo Ralde
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Que, por su parte el tribunal de apelación, a tiempo de conocer el recurso de
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Asimismo, en cuanto a la falta de resolución del recurso en el efecto diferido, de
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POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
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No siendo excusable la omisión incurrida, se impone responsabilidad en multa al Sr
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Regístrese y devuélvase
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Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
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Dr. Julio Ortiz Linares
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Proveído : Sucre, 2 de octubre de 2006
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Patricia Parada Loras
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Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
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