El recurso en el fondo sostiene que el auto de vista se funda en el
El recurso en el fondo sostiene que el auto de vista se funda en el art. 549-3) y 1286 del Código Civil relativa a la nulidad de un documento por ilicitud de causa y de motivo, que la norma aplicada debía ser el art. 550 del Código Civil que precautela la anulación parcial de un documento
- PARTES : Marcelina Arminda Cardozo Machicado c/ Estela Ralde Taborga y otros
- CONSIDERANDO: Que el auto de vista de fs
- Resolución de vista que es impugnada en casación en la forma y en el fondo,
- Acusan también que la demanda fue planteada por Arminda Cardozo Machicado contra Pedro Antonio Ralde
- El recurso en el fondo sostiene que el auto de vista se funda en el
- CONSIDERANDO: Que, el art
- En función a esta facultad fiscalizadora, y establecidos los principios en los que se basa
- En ese orden, de la revisión del proceso se evidencia que a fs
- Ahora bien, si la demanda de nulidad, ha sido dirigida únicamente contra los compradores, de
- En ese orden, el art
- Que, el litisconsorcio sea activo o pasivo, importa el interés de dos o más personas
- Que, la integración a la litis de los demandados se impone a los efectos del
- Que, a fs
- Actuar del juez a quo que ha dejado en absoluta indefensión a Pedro Eduardo Ralde
- Que, por su parte el tribunal de apelación, a tiempo de conocer el recurso de
- Asimismo, en cuanto a la falta de resolución del recurso en el efecto diferido, de
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- No siendo excusable la omisión incurrida, se impone responsabilidad en multa al Sr
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 2 de octubre de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
