Auto Supremo AS/0434/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0434/2006

Fecha: 20-Oct-2006


3ª.- Ante la inexistencia de los errores y violaciones denunciadas por el procesado, el Tribunal Ad quem, confirmó la sentencia del inferior, situación que no puede ser considerada como una violación a los artículos 413, 414 del tantas veces citado Código de Procedimiento Penal, pues no debe dejarse de lado que los jueces de instancia no infringen la ley y son inmensurables en casación cuando con la facultad que les confiere el artículo 173 del Código de Procedimiento Penal, valoran todos los elementos probatorios y observando todas las reglas establecidas en dicho procedimiento, pronuncian sentencias condenatorias, absolutorias o de inocencia, tal cual ha ocurrido en el caso de Autos