Auto Supremo AS/0248/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0248/2006

Fecha: 13-Nov-2006

Consiguientemente, al momento de interponer el recurso de casación o nulidad, los actores deben observar


Consiguientemente, al momento de interponer el recurso de casación o nulidad, los actores deben observar y cumplir ineludiblemente los requisitos establecidos en el artículo 258 del Código de Procedimiento Civil, en función de lo normado por los artículos 253 y 254 del mismo procedimiento, esto es, citar en términos claros, concretos y precisos la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, especificando en qué consiste la violación, falsedad o error. El incumplimiento de estas exigencias, motivan la improcedencia del recurso conforme dispone el artículo 272 del procedimiento de la materia