Auto Supremo AS/1231/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1231/2006

Fecha: 10-Nov-2006

Tampoco es cierta la infracción de las normas referidas a la prescripción de la acción


Tampoco es cierta la infracción de las normas referidas a la prescripción de la acción en materia laboral, pues en sentencia y en el auto de vista se estableció que prescribieron los derechos de reliquidación de beneficios sociales y el reembolso de gastos de salud, pretendidos por el demandante, pero se desestimó esa prescripción en cumplimiento de las previsiones de los arts. 145 y siguientes y 230 inc. c) del Cód. S.S., correspondiendo que la entidad demandada, cumpla con las previsiones de la sentencia y auto de vista emitidos, emitiendo las certificaciones extrañadas y remitiendo a la entidad que corresponda los aportes por dichos conceptos