Auto Supremo AS/1277/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1277/2006

Fecha: 22-Nov-2006

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3. Finalmente, los apoderados recurrentes pretenden por la vía conciliatoria, oponiendo excepción de pago contra la actora, trayendo a colación hechos discutidos en las instancias de grado, olvidándose que dichos actos no pueden ser censurados en casación, por cuanto este Tribunal es uno de puro derecho y cuyo ámbito se circunscribe a lo establecido en el art. 250 del Cód. Pdto. Civ