Concluye solicitando que el Tribunal de la Excma
Concluye solicitando que el Tribunal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, anule el proceso reponiéndolo hasta el vicio más antiguo y sea con las condenaciones de ley; agrega además, en el otrosí de su memorial, que opone excepción de pago por las literales de fs. 117-126, indicando que las irregularidades cometidas por la actora alcanzan a la suma de Bs.- 46.487.- y que sus derechos sociales ascienden al monto de Bs.- 15.000.-, quedando un saldo en beneficio de la Asociación de Bs.- 28.000.-, que aceptan sean cubiertos por cuotas, por lo que plantean la conciliación de pago y solicitan se declare probada dicha excepción, conforme el art. 404-II del Cód. Pdto. Civ
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- PARTES: María Eugenia Dávila de Mejía c/ Asociación de Co-Propietarios del Edificio "Mexico"
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por los representantes de la Asociación demandada, por auto de
- Que, contra el auto de vista, los apoderados de la Asociación demandada, interponen recurso de
- Concluye solicitando que el Tribunal de la Excma
- CONSIDERANDO II: Que al haberse denunciado la violación de formas que supone esenciales al proceso,
- El principio de trascendencia debe también observarse en materia de las nulidades procesales, en virtud
- Otro de los principios, es el de convalidación, por el cual toda nulidad se convalida
- Finalmente se tiene el principio de protección, el cual establece que la nulidad solo puede
- 2
- 3
- Por lo relacionado, no siendo evidentes las infracciones aludidas por los apoderados recurrentes, corresponde la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de Abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
