Auto Supremo AS/1342/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1342/2006

Fecha: 09-Dic-2006

En la realidad, conviene rescatar y precisar lo relativo a la subordinación, por cuanto para


En la realidad, conviene rescatar y precisar lo relativo a la subordinación, por cuanto para concluir en el categórico de que indudablemente existió relación de dependencia laboral, se debe descartar el trabajo por cuenta propia; sobre este aspecto, la doctrina entiende que existe trabajo subordinado cuando, entre otros, el prestador del servicio es incorporado a una organización jerarquizada en el que se le asigna un cargo o se le determina el lugar o lugares de prestación del servicio y la consiguiente sujeción de esa actividad a los criterios de quien proporciona el trabajo. También constituyen signos de subordinación: el carácter personal del servicio, el horario determinado y el sueldo mensual