Auto Supremo AS/1396/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1396/2006

Fecha: 12-Dic-2006

CONSIDERANDO II: Que, del examen de ambos recursos, corresponde verificar si es o no evidente


CONSIDERANDO II: Que, del examen de ambos recursos, corresponde verificar si es o no evidente lo denunciado, de cuyo análisis y compulsa, se tiene:

I.- Con relación al recurso planteado por la empresa demandada, se concluye: a) el recurrente no citó la disposición legal vulnerada, menos precisó de qué manera se habría supuestamente infringido o mal aplicado; al contrario, el tribunal de alzada realizó adecuada interpretación y aplicación de disposiciones que sustentan el auto recurrido; b) también se advierte correcta aplicación de los arts. 3 incs. g), h) y j); 66; 150 y 158 del Cód. Proc. Trab., para concluir en la forma resuelta, en razón de que la valoración de la prueba, es facultad privativa de los tribunales de instancia, siendo incensurable en casación; por cuanto es deber primordial del Estado proteger los derechos de los trabajadores, en cumplimiento a los principios de primacía de la realidad, de proteccionismo e inversión de la prueba en materia laboral; por cuanto los trabajadores gozan del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, consagrado en los arts. 162 de la C.P.E. y 4 de la L.G.T. En la especie, el recurso no es más que una reiteración a los argumentos de la apelación, los cuales conforme consta de obrados ya merecieron análisis y resolución en segunda instancia