Dicho fallo motivó, que ambas partes interpongan recurso de casación en el fondo de fs
Dicho fallo motivó, que ambas partes interpongan recurso de casación en el fondo de fs. 147-150, planteado por el representante de la empresa demandada y de fs. 154-162 por la demandante, los que se sintetizan a continuación:
I.- La Empresa Nacional de Televisión Boliviana "ENTB Canal 7", en su recurso de casación en el fondo, acusa: 1) que el auto de vista incurre en error al sostener que ENTB, se encuentra comprendido dentro los alcances de la L.G.T., que con autonomía de gestión genera sus propios recursos y no del Tesoro General de la Nación, que las papeletas de pago no provienen del Ministerio de Hacienda, conforme el D.S. No. 8125 de 30 de octubre de 1967; 2) que los contratos de consultoría suscritos entre la actora y ENTB, en su cláusula novena, establecen que tiene carácter civil y que la empresa contratante no está obligada al pago de beneficios sociales; 3) que el auto de vista interpreta erróneamente los alcances del D.S. 8125 y aplica indebidamente dicha norma, al confirmar parcialmente la sentencia y ordenar el pago de vacaciones por las gestiones 2000-2001 y 2001-2002, porque considera que la actora hizo abandono de sus funciones, finalmente, que la actora desempeñó como funcionaria pública, que por esa razón tampoco corresponde el pago de beneficios sociales
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, instaurada por ambas partes, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó, que ambas partes interpongan recurso de casación en el fondo de fs
- Con estos argumentos impetra de manera incoherente que la Corte Nacional del Trabajo, rectifique todos
- II
- En conclusión, solicita se case el auto de vista y, deliberando en el fondo, se
- CONSIDERANDO II: Que, del examen de ambos recursos, corresponde verificar si es o no evidente
- b) Sobre el reclamo de la existencia del despido indirecto, se advierte de obrados, que
- c) Con referencia a la protección que brinda a la mujer en estado de gestación
- d) Sobre el particular, el art
- III
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
