Auto Supremo AS/0252/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0252/2006

Fecha: 20-Jun-2006

Por otro lado, la parte demandada no ha desvirtuado la afirmación del demandante de haber


Por otro lado, la parte demandada no ha desvirtuado la afirmación del demandante de haber sido retirado intempestivamente, más al contrario esta aseveración ha sido confirmada por la declaración testifical de descargo, cuya acta corre a fs. 61 de obrados, cuando el declarante, Marcial Choque Villca, afirma que "...lo castigó por 15 días y que él no tenía que apersonarse por la CAICO..."(sic), por lo que se considera haberse procedido al retiro intempestivo del demandante, correspondiéndole el pago de desahucio