Auto Supremo AS/0253/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0253/2006

Fecha: 20-Jun-2006

Por otro lado, conviene recordar que, conforme establecen tanto el art


Por otro lado, conviene recordar que, conforme establecen tanto el art. 62 del D.R. de la L.G.T., como el D.S. de 23 de noviembre de 1938, toda empresa, fábrica o establecimiento que cuente con más de veinte empleados u obreros, tiene la obligación de adoptar un Reglamento Interno que establezca el régimen de trabajo, los derechos, los deberes, las prohibiciones y los beneficios que se establecen para los trabajadores, este Reglamento Interno, debe ser aprobado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social y que, el art. 6º del referido D.S., establece que: "... Las infracciones a los Reglamentos Internos, se sancionarán en la forma previstas por estos ..."