Por otro lado, conviene recordar que, conforme establecen tanto el art
Por otro lado, conviene recordar que, conforme establecen tanto el art. 62 del D.R. de la L.G.T., como el D.S. de 23 de noviembre de 1938, toda empresa, fábrica o establecimiento que cuente con más de veinte empleados u obreros, tiene la obligación de adoptar un Reglamento Interno que establezca el régimen de trabajo, los derechos, los deberes, las prohibiciones y los beneficios que se establecen para los trabajadores, este Reglamento Interno, debe ser aprobado por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social y que, el art. 6º del referido D.S., establece que: "... Las infracciones a los Reglamentos Internos, se sancionarán en la forma previstas por estos ..."
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social
- PARTES: Marco Antonio Omonte Román c/ Empresa "La Serrana" S.R.L
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia por la Empresa demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte
- Esta última resolución motivó la interposición del recurso de casación que se analiza, que acusa
- CONSIDERANDO II: Que, abierta como se encuentra la competencia de este Tribunal para conocer y
- CONSIDERANDO III
- Por otro lado, conviene recordar que, conforme establecen tanto el art
- En ese contexto, del análisis de los antecedentes procesales expuestos, los fundamentos del recurso y
- También es evidente la aplicación indebida y errónea de los arts
- Al desempeñar, el demandante, el cargo de Jefe o Encargado de Almacenes de la Empresa
- Finalmente, si bien es cierto que el art
- Por lo expuesto precedentemente, siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso de fs
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, conforme convocatoria de fs
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
