Auto Supremo AS/0253/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0253/2006

Fecha: 20-Jun-2006

También es evidente la aplicación indebida y errónea de los arts


También es evidente la aplicación indebida y errónea de los arts. 157 y 162 de la C.P.E., porque conforme se tiene referido, las sanciones establecidas en los Reglamentos Internos, se aplican en la forma prevista por los mismos. En efecto, en autos la Empresa simplemente se limitó a dar cumplimiento a la sanción establecida por el art. 93 incs. c) y d), del Reglamento Interno, al establecer en forma física y fehaciente los faltantes de productos que estaban bajo la responsabilidad del demandante y, por ello, procedió a su despido en forma inmediata, sin formalidad previa alguna