Disposición Transitoria Segunda
Disposición Transitoria Segunda.- (Aplicación anticipada). No obstante lo dispuesto en la primera disposición final entrarán en vigencia los artículos 19 y 20 al momento de la publicación del presente Código y un año después las siguientes disposiciones:
Las que regulen las medidas cautelares, Título I, Título II y Capítulo I del Título II del Libro Quinto de la Primera Parte;
Los artículos 21, 22, 23, 24, 25, 29, 30, 31, 32 y 33 del Título II del Libro I referente a las salidas alternativas y a la prescripción de la acción penal
- PARTES : Ministerio Público c/ Jorge Inchausti Torres y otros
- Cohecho pasivo propio y otros
- CONSIDERANDO: que el presente proceso penal se halla radicado en esta instancia por haberse formulado
- CONSIDERANDO: que, Jorge Inchausti Torres, de fojas 3405 a 3406, invocando la celeridad procesal contenida
- A su vez, Abdón Velásquez Orgaz, de fojas 3424 a 3425 vuelta y reiterando su
- CONSIDERANDO: que, del análisis de los datos del proceso se evidencia que en el caso
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- CONSIDERANDO: que, el Art
- Disposición Transitoria Segunda
- El capítulo II del título III del Libro Quinto de la Primera Parte, referente al
- En este sentido, la Sentencia Constitucional Nº 1042/05 de 5 de septiembre de 2005, establece
- Que, de lo anotado precedentemente, se colige que no existen vulneraciones a los derechos y
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
