Auto Supremo AS/0346/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0346/2006

Fecha: 10-Jul-2006

CONSIDERANDO I: Que, el Juez de Partido 2do del Trabajo y Seguridad Social de la


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VISTOS: El recurso de casación fs. 71-73 interpuesto por Florencia Ninfa Orellana Escobar, contra el auto de vista No. 161/2002 de 27 de marzo de 2002 (fs. 68-69), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; dentro el proceso social de reincorporación y pago de subsidio familiar seguido por la recurrente contra el Automóvil Club Boliviano Filial Cochabamba, representado por su Gerente General William Torres Arandia, la respuesta de fs. 75, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, el Juez de Partido 2do del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, dictó sentencia el 2 de febrero de 2002 (fs. 40-41), declarando probada en parte la demanda de fs. 7-8, disponiendo el pago a favor de la actora de los beneficios sociales y subsidios familiares en la suma de Bs. 3.760,23 con los reajustes previstos en el DS. 23381 de 29 de diciembre de 1992. En grado de apelación, por auto de vista No. 161/2002 de 27 de marzo de 2002 (fs. 68-69), se confirmó la sentencia apelada en lo que corresponde a la indemnización por el tiempo de servicios y aguinaldo y revocó los subsidios de prenatal, natalidad y lactancia, debiendo la entidad demandada cancelar a favor de la actora la suma de Bs. 920,23 sin costas por la doble apelación