Para resolución, según convocatoria de fs
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida por el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., en cumplimiento a los arts. 271 inc. 4) y 274 del Pdto. Civil, aplicable por mandato del art. 252 del Código Procesal del Trabajo, CASA parcialmente el auto de vista de fs. 68-69 y, deliberando en el fondo mantiene la liquidación de beneficios sociales de Bs. 920,23 de fs. 68-69, y se complementa con el subsidio familiar de Bs. 7.200, que deberá cancelar la entidad demandada, conforme a la liquidación que cursa a continuación:
Salario Mínimo Nacional a la fecha de la demanda Bs. 400.
Subsidio Prenatal: 5 meses S/M/N Bs. 2.000.-
Subsidio de Natalidad: 1 mes S/M/N Bs. 400.-
Subsidio de Lactancia: 12 meses S/M/N Bs. 4.800.-
Total: Bs. 7.200.-
Sin responsabilidad por ser excusable.
Para resolución, según convocatoria de fs. 80, interviene la Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez, Ministra de la Sala Civil
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, el Juez de Partido 2do del Trabajo y Seguridad Social de la
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso, corresponde analizar si lo denunciado es evidente o
- Sobre el particular, la sentencia de primera instancia reconoció que la actora fue despedida con
- Que, el art
- Cabe remarcar que esta protección de inamovilidad laboral reclamada por la actora, al amparo de
- A su vez, el Tribunal Constitucional por SC 0109/2006-R de 31 de enero de 2006,
- Al respecto, este Tribunal Supremo a través de los AS
- II
- De la revisión de obrados se colige que lo expuesto carece de fundamento, toda vez
- CONSIDERANDO III: Que, por lo expuesto, se concluye que si bien el auto de vista
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
