De la revisión de obrados se colige que lo expuesto carece de fundamento, toda vez
De la revisión de obrados se colige que lo expuesto carece de fundamento, toda vez que la disposición legal citada, se aplica contra los fallos ultra o intra petita, es decir, otorgar más de lo pedido por las partes o sin haberse pronunciado sobre alguna de las pretensiones deducidas en el proceso y que hubieran sido reclamadas oportunamente sin merecer atención por los tribunales inferiores; demás está decir que , en el caso de análisis, no se advierte tal extremo, en razón de que entre las pretensiones de las partes se encuentra lo resuelto en grado de apelación. En todo caso, el recurso confunde causales de casación en el fondo como la apreciación de la prueba, para fundamentar la casación en la forma; careciendo en consecuencia de relevancia
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, el Juez de Partido 2do del Trabajo y Seguridad Social de la
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso, corresponde analizar si lo denunciado es evidente o
- Sobre el particular, la sentencia de primera instancia reconoció que la actora fue despedida con
- Que, el art
- Cabe remarcar que esta protección de inamovilidad laboral reclamada por la actora, al amparo de
- A su vez, el Tribunal Constitucional por SC 0109/2006-R de 31 de enero de 2006,
- Al respecto, este Tribunal Supremo a través de los AS
- II
- De la revisión de obrados se colige que lo expuesto carece de fundamento, toda vez
- CONSIDERANDO III: Que, por lo expuesto, se concluye que si bien el auto de vista
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
