- CONSIDERANDO: El auto de vista de fs
- Contra la resolución de vista tanto la empresa demandante como la entidad bancaria demandada, recurren
- Por su parte, el Banco demandado recurre de casación en la forma, únicamente respecto a
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los obrados en función a los recursos interpuestos por
- En autos, Industrias "La Bélgica" S
- Que, el art
- La precitada normal legal indudablemente que en concordancia con el art
- CONSIDERANDO: Que, en cuanto al recurso de la entidad bancaria demandada, es evidente que el
- Si el juez a quo es incompetente para conocer la acción, lo es también para
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Para resolución, según convocatoria de fs
- MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 19 de Agosto de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
