Auto Supremo AS/0324/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0324/2006

Fecha: 28-Ago-2006

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5.- La violación del artículo 355 del Código de Procedimiento Penal, toda vez de que no se ha observado el procedimiento de incorporación de prueba documental la que se realizó mediante su lectura, lo que concuerda con lo previsto por el artículo 333 del citado código adjetivo penal, por lo que, al no haberse observado el procedimiento, la prueba se habría incorporado con vulneración de derechos conforme lo previene el artículo 169 de la norma ritual de la materia. Asimismo, hace referencia a situaciones de hecho, para concluir invocando el Auto de Vista Nº 135/2005 de 23 de mayo de 2005 dictado por la Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de La Paz, en calidad de precedente contradictorio