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    Auto Supremo AS/0629/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0629/2006

    Fecha: 21-Ago-2006

    Dr. Julio Ortíz Linares


    Dr. Julio Ortíz Linares
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación, por auto de vista Nº 131 de 15 de mayo de
    • Que, contra el auto de vista, el representante de la entidad demandada, a fs
    • Concluyó solicitando se case el auto de vista y la sentencia, porque no puede imponerse
    • CONSIDERANDO II: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente
    • II
    • Estos aspectos, no fueron advertidos por los de grado, quienes a título de "daños y
    • El empleador, tiene la obligación de remitir la documentación idónea y realizar los depósitos de
    • III
    • IV
    • Si bien, en el curso del proceso, se ha demostrado que la entidad demandada no
    • V
    • Para resolución, conforme a convocatoria de fs
    • Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Dr. Juan José González Osio
    • Dr. Julio Ortíz Linares
    • Ma. del Rosario Vilar G
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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