El empleador, tiene la obligación de remitir la documentación idónea y realizar los depósitos de
El empleador, tiene la obligación de remitir la documentación idónea y realizar los depósitos de las cotizaciones para que se efectúe a favor de los trabajadores el trámite de jubilación y éste sea beneficiario de la renta de vejez que por ley le corresponde y si no lo hizo oportunamente, ésta tiene la obligación de subsanar dichos aspectos, remitiendo la documentación y dineros retenidos, o en su caso, suplir los inexistentes, conforme establece el art. 473 del Cód. S.S
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 131 de 15 de mayo de
- Que, contra el auto de vista, el representante de la entidad demandada, a fs
- Concluyó solicitando se case el auto de vista y la sentencia, porque no puede imponerse
- CONSIDERANDO II: Que, dentro de este marco legal corresponde verificar si es o no evidente
- II
- Estos aspectos, no fueron advertidos por los de grado, quienes a título de "daños y
- El empleador, tiene la obligación de remitir la documentación idónea y realizar los depósitos de
- III
- IV
- Si bien, en el curso del proceso, se ha demostrado que la entidad demandada no
- V
- Para resolución, conforme a convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Dr. Julio Ortíz Linares
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
