Auto Supremo AS/0191/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0191/2006

Fecha: 11-Sep-2006

CONSIDERANDO: Que así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde señalar con carácter previo que


CONSIDERANDO: Que así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde señalar con carácter previo que:

I. Respecto del recurso de casación en el fondo: lo que se pretende al interponer el recurso de casación en el fondo, es dejar sin efecto un auto de vista o sentencia dictada con infracción de la ley o incurriendo en errores de hecho o de derecho en la apreciación de la prueba, porque existen errores in judicando en la tramitación del proceso, lo que da lugar a que el Tribunal Supremo resuelva el litigio en lo principal, aplicando las leyes conculcadas. En el caso sub lite, las acusaciones vertidas en dicha acción extraordinaria son irrevisables a través de este medio extraordinario de impugnación, toda vez que, el auto de vista impugnado, anuló obrados por existir errores in procedendo en la tramitación del proceso, lo que implica que no se hizo un análisis del fondo del mismo, aspecto que constituye, en esencia, la materia de estudio, conocimiento y resolución de la acción extraordinaria en análisis. Por ello, no se pueden analizar aspectos relativos a los errores esenciales en la tramitación del proceso a través del recurso de casación en el fondo, por cuanto constituye, en todo caso, materia del recurso de casación en la forma, situación que motiva la improcedencia de dicha acción