En el recurso de casación en la forma, acusó que el ad quem no resolvió
En el recurso de casación en la forma, acusó que el ad quem no resolvió el fondo del recurso de apelación, limitándose a forzar un vicio de nulidad inexistente, por lo que corresponde anular obrados hasta fs. 296 inclusive, para que el tribunal de segunda instancia se pronuncie sobre las pretensiones deducidas por la entidad privada perdidosa
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En virtud a esta resolución, la entidad demandada a través de su representante, interpuso recurso
- En el recurso de casación en la forma, acusó que el ad quem no resolvió
- CONSIDERANDO: Que así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde señalar con carácter previo que
- II
- CONSIDERANDO: Los argumentos hasta ahora expuestos ameritan porque el Tribunal Supremo declare la improcedencia de
- La finalidad de la aludida consulta es la revisión integral del procedimiento, así como la
- En el sub lite, la nulidad dispuesta por el ad quem bajo la premisa de
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 11 de Septiembre de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
