Auto Supremo AS/0199/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0199/2006

Fecha: 20-Sep-2006

Al respecto, el auto de vista a tiempo de confirmar el fallo de primera instancia,


Al respecto, el auto de vista a tiempo de confirmar el fallo de primera instancia, se pronuncia en sentido que desde la ejecutoria del auto de vista en el proceso ejecutivo, el 26 de septiembre de 1997, hasta la demanda ordinaria de fecha 21 de abril de 1998, si bien transcurrieron más de los seis meses previstos por el art. 28 de la precitada Ley, sin embargo, debe tomarse en cuenta lo dispuesto por el art. 141 del Código de Procedimiento Civil, que prevé que los plazos procesales sólo se suspenden durante las vacaciones judiciales, como sucedió en autos con la vacación desde el 25 de febrero de 1998 hasta el 21 de marzo de 1998. Lapso que suspendió el cómputo del plazo y evitó que se operara la prescripción y correspondiente declaratoria de cosa juzgada