Auto Supremo AS/0199/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0199/2006

Fecha: 20-Sep-2006

Sobre el punto, el art


Sobre el punto, el art. 28 de la Ley Nº 1760, Ley de Abreviación Procesal Civil y Asistencia Familiar, al referirse al proceso ordinario posterior, prevé que "Este proceso podrá promoverse por cualquiera de las partes una vez ejecutoriada la sentencia, en el plazo de seis meses. Vencido este plazo, caducará el derecho a demandar la revisión del fallo dictado en el proceso ejecutivo". Lo que significa que quien pretenda modificar lo resuelto en el proceso ejecutivo, tiene un lapso de seis meses para interponer el proceso ordinario