Auto Supremo AS/0729/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0729/2006

Fecha: 06-Sep-2006

En consecuencia, el juez a quo, ha arribado a la libre valoración de las pruebas


En consecuencia, el juez a quo, ha arribado a la libre valoración de las pruebas en función al art. 158 del Cód. Proc. Trab., en sujeción a lo dispuesto en los arts. 3 incs. g) y h); 66 y 150 del Cód Proc. Trab., al ser deber primordial del Estado proteger los derechos de los trabajadores, en cumplimiento a los principios de primacía de la realidad, de proteccionismo e inversión de la prueba en materia laboral; por cuanto (los trabajadores) gozan del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, consagrado por los arts. 162 de la C.P.E., 4 y 13 de la L.G.T