Auto Supremo AS/0729/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0729/2006

Fecha: 06-Sep-2006

II


II.- En cuanto al recurso de casación en el fondo, planteado por el apoderado del actor, señala que es una aberración la interpretación que se hizo por el tribunal de apelación, que sólo a partir de la vigencia del D.S. No. 23570 de 26 de julio de 1993, procedería el pago de beneficios sociales, cuando en los hechos el actor trabajó con mucha anticipación a la vigencia de dicha norma, situación que infringe el principio de proteccionismo en cuanto a la antigüedad de su indemnización, no siendo posible conculcar en perjuicio del trabajador; por lo que impetra se ordene el pago de la integridad de sus derechos insertando su verdadera antigüedad