Auto Supremo AS/0829/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0829/2006

Fecha: 21-Sep-2006

Y, para terminar, diferente aún resulta el pago de la renta de viudedad, horfandad u


Y, para terminar, diferente aún resulta el pago de la renta de viudedad, horfandad u otra, a la que -de manera por demás impertinente- hace referencia el Tribunal Ad quem, la que si bien es cierto que también tiene como fuente el fallecimiento del trabajador, no es menos cierto que su naturaleza jurídica es absolutamente distinta y ajena a la indemnización materia del presente proceso, cuyo financiamiento, determinación de prestaciones y otros aspectos que le son inherentes están regulados por la Ley de Pensiones Nro. 1732 de 29 de noviembre de 1996