Auto Supremo AS/0834/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0834/2006

Fecha: 25-Sep-2006

Mas aún, la Resolución Ministerial Nº 193/72 de 15 de mayo de 1972, luego de


Mas aún, la Resolución Ministerial Nº 193/72 de 15 de mayo de 1972, luego de advertir que algunas empresas adoptaron por costumbre retirar a sus trabajadores inmediatamente antes de cumplir los tres meses de prueba previstos por el art. 13 de la Ley General del Trabajo, para inmediatamente recontratarlos y que ese procedimiento devenía en pernicioso y que por consiguiente no podía subsistir ni generalizarse, en tanto constituía una forma de eludir los derechos y beneficios del trabajador, en su art. 1º establece: "Los contratos de trabajo pactados sucesivamente por un lapso menor al término de prueba o por plazos fijos que sean renovados periódicamente, adquirirán la calidad de contratos a plazo indefinido a partir de la segunda recontratación..." y en su art. 3º previene: "Se exceptúa el caso de la recontratación pasados tres meses de su cesantía"