Apelada la sentencia por el Municipio demandado, la Sala Social y Administrativa de la Corte
Apelada la sentencia por el Municipio demandado, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz, emitió el auto de vista Nro. 151 de 20 de abril de 2004, cursante a fs. 80-81, por el que se revoca en todas sus partes la sentencia apelada y, deliberando en el fondo, declara improbada la demanda. Esta resolución, motivó el recurso de casación que se analiza
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia por el Municipio demandado, la Sala Social y Administrativa de la Corte
- CONSIDERANDO II: Que, conforme establece el art
- Que, revisados los actuados procesales del presente proceso, se ha llegado a determinar con indudable
- Tanto la designación como el contrato se sujetaron al régimen legal establecido por la Ley
- A lo anterior hay que agregar que la Ley de Municipalidades puntualmente establece que, a
- Finalmente, en cuanto a la nulidad dictaminada por el Fiscal General de la República por
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
