b) Por su parte la apoderada del demandante, interpone recurso de casación en el fondo
b) Por su parte la apoderada del demandante, interpone recurso de casación en el fondo (fs. 322-324) acusando en síntesis la violación del art. 162-II de la C.P.E., indicando que el tribunal de alzada incurrió en error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba de fs. 107 que no cumplió con la exigencia prevista en el art. 331 del Cód. Pdto. Civ., es decir, se encontraba ofrecida fuera del término de prueba, además que se encuentra demostrado por las declaraciones testificales de fs. 166 que el trabajador no era personal de confianza sino de planta, operativo, sujeto a vigilancia superior inmediata, constatándose además el error de hecho sobre la prueba de fs. 117-118 sin tomar en cuenta los art. 55 de la L.G.T., 36 del D.R.L.G.T. y el Convenio de la O.I.T. Nº 1 de 1919
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por el demandante, por auto de vista de 12 de
- Que, contra el auto de vista, ambas partes interponen recursos de casación, los mismos que
- b) Por su parte la apoderada del demandante, interpone recurso de casación en el fondo
- Por otra parte, indica la apoderada recurrente que también le corresponde el pago del bono
- Por lo que concluye solicitando se case el auto de vista y, en correcta aplicación
- CONSIDERANDO II: Que, así planteados ambos recursos, ingresando a su análisis con relación a los
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- Luego, en relación a la antigüedad reclamada, este Tribunal considera que no puede darse cabida
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
