En grado de apelación deducida por el demandante, por auto de vista de 12 de
En grado de apelación deducida por el demandante, por auto de vista de 12 de diciembre de 2005 (fs. 316-317), se revoca parcialmente la sentencia apelada, con la modificación de que la empresa demandada, cancele a favor del actor el monto de Bs. 4.937,99.-, por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo, pago por compensación de 17 días y vacación; además de la aplicación del D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992. Sin costas por la revocatoria
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por el demandante, por auto de vista de 12 de
- Que, contra el auto de vista, ambas partes interponen recursos de casación, los mismos que
- b) Por su parte la apoderada del demandante, interpone recurso de casación en el fondo
- Por otra parte, indica la apoderada recurrente que también le corresponde el pago del bono
- Por lo que concluye solicitando se case el auto de vista y, en correcta aplicación
- CONSIDERANDO II: Que, así planteados ambos recursos, ingresando a su análisis con relación a los
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- Luego, en relación a la antigüedad reclamada, este Tribunal considera que no puede darse cabida
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
