A simple vista, pareciera que no existe congruencia en la petición de la demanda respecto
A simple vista, pareciera que no existe congruencia en la petición de la demanda respecto al mejor derecho de propiedad sobre los 300 Mts.2 ubicados en el sector de Inca Llojeta N°1, manzano 3, Avenida Mario Mercado Vaca Guzmán, con relación a la cancelación de la partida sobre 3.788.70 Mts.2 en el sector de Inca Llojeta, Avenida Mario Mercado Vaca Guzmán registrados a nombre del municipio demandado, sin embargo, la explicación contenida en la demanda da cuenta del porqué de aquella petición, de ahí que este Tribunal Supremo concluye que el tribunal ad quem no efectuó un estudio de los datos del proceso, pues de haber realizado un prolijo análisis del expediente, habría encontrado la explicación a las peticiones contenidas en la demanda
- CONSIDERANDO: El auto de vista de fs
- Resolución que es impugnada en casación en la forma y en el fondo, por parte
- Acusa también que el auto de vista otorga más de lo pedido por el apelante
- CONSIDERANDO: Que, en materia de nulidades procesales rigen ciertos principios que deben ser estrictamente observados
- CONSIDERANDO: Que, el art
- En ese orden, de la revisión del proceso se evidencia que la resolución de vista
- A simple vista, pareciera que no existe congruencia en la petición de la demanda respecto
- En consecuencia, al no existir contradicción en la demanda que amerite la anulación de obrados
- Por otro lado, en cuanto a la concurrencia o citación al Ministerio Público, es de
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 8 de enero de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
