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    Auto Supremo AS/0016/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0016/2007

    Fecha: 08-Ene-2007

    Patricia Parada Loras


    Patricia Parada Loras
    • CONSIDERANDO: El auto de vista de fs
    • Resolución que es impugnada en casación en la forma y en el fondo, por parte
    • Acusa también que el auto de vista otorga más de lo pedido por el apelante
    • CONSIDERANDO: Que, en materia de nulidades procesales rigen ciertos principios que deben ser estrictamente observados
    • CONSIDERANDO: Que, el art
    • En ese orden, de la revisión del proceso se evidencia que la resolución de vista
    • A simple vista, pareciera que no existe congruencia en la petición de la demanda respecto
    • En consecuencia, al no existir contradicción en la demanda que amerite la anulación de obrados
    • Por otro lado, en cuanto a la concurrencia o citación al Ministerio Público, es de
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Dr. Julio Ortiz Linares
    • Proveído : Sucre, 8 de enero de 2007
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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