Que, adicionalmente a la disolución del vínculo matrimonial, la sentencia de divorcio cuya homologación se
Que, adicionalmente a la disolución del vínculo matrimonial, la sentencia de divorcio cuya homologación se pretende, decide sobre otros aspectos inherentes a la familia, tales como, la patria potestad de los dos únicos hijos que será ejercida por ambos padres, la guarda y la custodia de éstos encomendada a la madre, se fija la pensión alimentaria en cien mil cantidad que será aumentada en forma automática y proporcional de acuerdo a las ganancias que reciba el padre en cualquier otra actividad, y los padres se comprometen en partes iguales velar por los gastos necesarios de los menores, tales como vestuario, uniformes escolares, útiles escolares, estrenos navideños, estudios, asimismo se establece que el padre tiene Régimén de Visitas Abierto con respecto de sus hijos, aspectos claramente establecidos en dicha resolución
- PROCESO: Homologación de Sentencia de Divorcio
- Sánchez Antolinez
- CONSIDERANDO: Que, Elba Antonieta Barahona Arandia con el poder de fojas 1 y vuelta, testimoniado
- Que, por decreto de fojas 22, se tiene por legalmente apersonada a la presentante, se
- Que, efectivizadas las publicaciones conforme a Ley y sin que la demandada hubiese dado respuesta
- Que, en el caso en examen, la sentencia señala como causal de divorcio la separación
- Que, el caso de análisis se encuentra regido por el Código de Derecho Internacional Privado,
- Que, el artículo 54 del Código de Derecho Internacional Privado citado, en la Sección V
- Que, de los actuados acompañados por el solicitante de fojas 2 a 16, en especial
- Que, adicionalmente a la disolución del vínculo matrimonial, la sentencia de divorcio cuya homologación se
- CONSIDERANDO: Que, en la sentencia pronunciada por el Tribunal del Estado Mérida, República Bolivariana de
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Regístrese
- Suplencia Legal)
