Que, el caso de análisis se encuentra regido por el Código de Derecho Internacional Privado,
Que, el caso de análisis se encuentra regido por el Código de Derecho Internacional Privado, denominado oficialmente Código Bustamante del cual son países miembros Bolivia y Venezuela, constituyéndose en Estados Parte
- PROCESO: Homologación de Sentencia de Divorcio
- Sánchez Antolinez
- CONSIDERANDO: Que, Elba Antonieta Barahona Arandia con el poder de fojas 1 y vuelta, testimoniado
- Que, por decreto de fojas 22, se tiene por legalmente apersonada a la presentante, se
- Que, efectivizadas las publicaciones conforme a Ley y sin que la demandada hubiese dado respuesta
- Que, en el caso en examen, la sentencia señala como causal de divorcio la separación
- Que, el caso de análisis se encuentra regido por el Código de Derecho Internacional Privado,
- Que, el artículo 54 del Código de Derecho Internacional Privado citado, en la Sección V
- Que, de los actuados acompañados por el solicitante de fojas 2 a 16, en especial
- Que, adicionalmente a la disolución del vínculo matrimonial, la sentencia de divorcio cuya homologación se
- CONSIDERANDO: Que, en la sentencia pronunciada por el Tribunal del Estado Mérida, República Bolivariana de
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Regístrese
- Suplencia Legal)
