Tampoco se ha demostrado que el bien inmueble sea el único patrimonio de los querellantes,
Tampoco se ha demostrado que el bien inmueble sea el único patrimonio de los querellantes, los testigos Lexa Aponte de Peña y Manuel Peña no fueron incorporados legalmente ya que no fueron ofrecidos en la acusación, acusa errónea valoración de las declaraciones de Pepe Edgar Velarde, y Ciro Montenegro, que el hecho de que sea profesional con maestría fue utilizado erróneamente en la sentencia incurriendo en presunción de culpabilidad
- CONSIDERANDO: que el Juez de Sentencia Penal Nº 2 de la ciudad de Santa Cruz
- CONSIDERANDO: que el recurrente afirma que el Juez de Primera instancia realiza una mala y
- Que sobre el elemento del error, el juez de primera instancia, erróneamente considera este elemento
- Que el recurso de apelación planteado de su parte llegó a la Sala Penal Primera
- Tampoco se ha demostrado que el bien inmueble sea el único patrimonio de los querellantes,
- Invoca los precedentes contradictorios de los Autos Supremos 199909-Sala Penal-2-005 de 29 de septiembre de
- CONSIDERANDO: que el recurrente denuncia como defecto absoluto el hecho de que el recurso fue
- En los casos en que por error se hubieran celebrado actos procesales por un juez
- La celebración de la audiencia de fundamentación oral del recurso de apelación restringida, como parte
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Para fines del artículo 420 del Código adjetivo citado, remítase por Secretaría de Cámara fotocopias
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veintisiete de enero de dos mil siete
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara
