Auto Supremo AS/0132/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0132/2007

Fecha: 31-Ene-2007

En consecuencia, si bien el Tribunal de Apelación se pronunció de manera apegada al derecho


En consecuencia, si bien el Tribunal de Apelación se pronunció de manera apegada al derecho a tiempo de decidir los extremos esgrimidos en el recurso de apelación restringida opuesto por el incriminado Richard Alvarado Alcoba; en lo que hace a la parte final del Auto de Vista Nº 43/2006, al haber considerado y resuelto aspectos distintos a los puntos impugnados en la apelación restringida, que cabe recordar no fue interpuesta por el propietario del vehículo sino por el reo de contrabando, actuó incorrectamente al sustanciar materia ajena a lo pedido, actuación que constituye defecto absoluto porque desnaturaliza el recurso y contraviene la competencia del Tribunal