Auto Supremo AS/0439/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0439/2007

Fecha: 29-Oct-2007

En el sub lite, de la revisión de los obrados, se evidencia que no concurren


Para el tratadista Alsina, (tratado de Derecho Procesal, tomo IV, pág. 150) la autoridad de cosa juzgada "sólo comprende la relación jurídica que ha sido materia de una decisión, pero no aquellas otras que reconociendo aún la misma causa, pueden tener una distinta significación legal". Así, refiriéndose a la causa, dice, que "el hecho jurídico que se invoca como fundamento de la acción, no se debe confundir con el hecho constitutivo del derecho o con la norma abstracta de la ley"

En el sub lite, de la revisión de los obrados, se evidencia que no concurren simultáneamente las tres condiciones a que se refiere el art. 1319 del sustantivo civil