Auto Supremo AS/0509/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0509/2007

Fecha: 11-Oct-2007

Como se podrá advertir de la revisión integral de la resolución impugnada, éstas circunstancias han


Como se podrá advertir de la revisión integral de la resolución impugnada, éstas circunstancias han sido adecuadamente compulsadas por el tribunal de apelación, cuyo fallo no es incongruente teniendo en cuenta que la incongruencia se produce por no haberse pronunciado sobre uno de los puntos que fueron objeto de apelación (incongruencia omisiva), por haberse pronunciado sobre aspectos que no han sido reclamados por las partes (incongruencia por exceso) o, porque no existe correspondencia entre la la ratio decidenci del fallo y su parte dispositiva, conforme se expuso ampliamente en el anterior considerando, toda vez que en la resolución en análisis se absolvieron los reclamos formulados por el recurrente existiendo plena conformidad entre los fundamentos esgrimidos y la decisión asumida por el tribunal de apelación, en el sentido de declarar improcedente el recurso de apelación restringida. De ahí que las denuncias formuladas al respecto son infundadas