Auto Supremo AS/0510/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0510/2007

Fecha: 11-Oct-2007

I


CONSIDERANDO: Que Carlos Freddy Milán Barrón, Mario Edsón Milán Mendoza, Maria de los Ángeles Milán Mendoza de Porcel y Victoria Mendoza de Milán, impugnan el Auto de Vista de fojas 492 a 503, mediante recurso de casación de fojas 515 a 518 vta., manifestando que:

I.- El Auto de Vista impugnado quebranta el debido proceso al no anular la sentencia, viciándose de nulidad absoluta, toda vez que no realiza una calificación y valoración conjunta y armónica de la prueba de descargo y no define con que elementos probatorios se fundamenta para cada uno, generalizando y realizando simples presunciones que conculcan su derecho a la presunción de inocencia, por lo que en inobservancia de los arts. 169 num. 3 del Código de Procedimiento Penal y 16 num. 1 de la Constitución Política del Estado, son condenados a pesar de las observaciones que hicieron notar en la Apelación Restringida, con referencia:

1. Al art. 16 inc. 1) del Código Penal, señalando partes del considerando 3 de la sentencia, de la que el tribunal a quo, considera que no se configuró una conducta delictiva, no existió delito, toda vez que no existe daño material para la querellante. Estos son errores invencibles, cumpliéndose el art. 370 inc. 8) del Código de Procedimiento Penal, conforme el precedente contradictorio del Auto Supremo Nº 450 de 19 de agosto de 2004