Con relación a la supuesta violación del Art
Con relación a la supuesta violación del Art. 236, no cabe sino prescindir de ella por inconsistente y carente de fundamento legal, si se tiene presente que la norma prevé el marco en el que el juez o tribunal de alzada debe conocer y pronunciarse con relación a la apelación y expresión de agravios, a continuación de lo conocido y resuelto por el juez de primera instancia en Sentencia, como resultado de un proceso de conocimiento en el marco preciso del Art. 202 del adjetivo del Trabajo; recordando que el concepto de "ultra petita", como se lo plantea, no es aplicable en la materia si se considera la previsión de los arts 3-g) y 202-c) del mismo Procedimiento
- AUTO SUPREMO Nº 553 - Social Sucre, 26 de octubre de 2007
- Auto de vista del que el Servicio demandado, a través de su Agente Regional, ya
- CONSIDERANDO II: Que este recurso, cursante a Fs
- Del examen y conocimiento de la relación anterior, se tiene
- En la relación laboral, ininterrumpida, se liquidan y pagan beneficios sociales al actor al 31
- Del análisis anterior se concluye que la presunta infracción del Art
- En lo atinente al Art
- La alegada violación del Art
- Con relación a la supuesta violación del Art
- De donde, el Tribunal de Apelación ha hecho correcta apreciación y valoración de la prueba
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 26 de octubre de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
