Auto Supremo AS/0564/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0564/2007

Fecha: 30-Oct-2007

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social


DISTRITO: Chuquisaca

PARTES: Martín Soliz Casillas c/ FANCESA S.A.

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VISTOS: El recurso de casación de Fs. 74-75 interpuesto por Gonzalo Arce Arancibia, en su condición de Gerente General de la Fábrica Nacional de Cemento Sucre - FANCESA; del auto de vista No. 151/03 de Fs. 70-71, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, en el proceso laboral seguido por Martín Solíz Casillas contra la recurrente, demandando pago de beneficios sociales por despido; los antecedentes del proceso, lo alegado por las partes, el dictamen fiscal de Fs. 82-83, y

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de Chuquisaca, pronunció la sentencia No. 023/03 de Fs. 44-45 por la que declara improbada la demanda de Fs. 20-21 y probadas las excepciones perentorias de pago y prescripción de Fs. 28-29 y 30, con el fundamento de que por la previsión del Art. 12 de la Ley General del Trabajo no es aplicable al caso el Art. 13 siguiente, ya que el actor prestó servicios a la demandada en periodos discontinuos con contratos a plazo fijo