Auto Supremo AS/0564/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0564/2007

Fecha: 30-Oct-2007

De la relación anterior se concluye que las citadas normas, referidas como vulneradas, por elemental


Que, con relación a la vacación anual, si bien no está inserta como tema del recurso debe quedar claro que, como lo asevera el Ad quem, es un derecho que asiste con carácter general al trabajador con más de un año de servicios, tanto del sector público como privado, no solamente por lo prescrito por el Art. 44 de la Ley General del Trabajo, en una definición de política social sino por exigencia ética y moral de reconocerle el derecho de un descanso anual.

De la relación anterior se concluye que las citadas normas, referidas como vulneradas, por elemental lógica no pueden haber sido indebidamente interpretados o aplicados. Resultando insustancial y carente de seriedad lo aseverado al respecto en el recurso, en este aspecto