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    Auto Supremo AS/0564/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0564/2007

    Fecha: 30-Oct-2007

    Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco


    Fdo. Dr. Jaime Ampuero García.

    Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • AUTO SUPREMO Nº 564 - Social Sucre, 30 de octubre de 2007
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
    • Apelada la sentencia por la empresa demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte
    • Resolución basada en el establecimiento en obrados de que por el último de los periodos
    • Auto de vista del que la demandada interpone el recurso de casación, que se pasa
    • CONSIDERANDO II: Que del análisis y conocimiento del mismo, cursante a Fs
    • Concluye formalizando la interposición del recurso, pidiendo que corriendo traslado a quien corresponda se eleven
    • CONSIDERANDO III: Que, del conocimiento anterior, se establece como hecho fehaciente, por los contratos de
    • Resultando inadmisible que la recurrente, dada su conformación como sociedad anónima, con una estructura administrativa
    • De la relación anterior se concluye que las citadas normas, referidas como vulneradas, por elemental
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
    • El Primer Relator, Sr
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

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